La Ley N. 018 norma el ejercicio de la función electoral, jurisdicción, competencias, obligaciones, atribuciones, organización, funcionamiento, servicios y régimen de responsabilidades del OEP, y define sus competencias: administrar el régimen democrático, el registro cívico, administrar la justicia electoral, la fiscalización de las organizaciones políticas y la administración institucional. La Ley establece como función esencial del OEP garantizar el ejercicio de la Democracia Intercultural y la prestación de servicios a través del Servicio de Registro Cívico (SERECI), Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (SIFDE), y Unidad Técnica de Fiscalización (UTF).
La Ley N. 26 regula el Régimen Electoral para el ejercicio de la Democracia Intercultural, basada en la complementariedad de la democracia directa y participativa, la democracia representativa y la democracia comunitaria en el Estado Plurinacional de Bolivia. La Ley reconoce e incluye las diversas prácticas de democracias desarrolladas por el pueblo boliviano en su historia política y la conformación plurinacional del Estado a través del reconocimiento efectivo de las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos. De esta forma se propone contribuir a la consolidación del modelo plural de democracias en el Estado Plurinacional con autonomías.
Ley de Organizaciones Políticas N. 1096
La Ley N. 1096 de Organizaciones Políticas, regula la constitución, funcionamiento y democracia interna de las organizaciones políticas, como parte del sistema de representación política y de la democracia intercultural y paritaria en el Estado Plurinacional de Bolivia.